Las Cuatro Sinagogas Sefardíes, Jerusalem |
Este blog se hace eco, como no podría ser de otra forma, de una noticia que puede haber pasado desapercibida en estos tiempos de convulsión económica, política y social, pero que tiene un enorme significado simbólico y trascendencia real para el colectivo judeo-español.
En la rueda de prensa posterior al consejo de ministros del pasado viernes 7 de Febrero, el ministro de justicia Alberto Ruiz-Gallardón, dió a conocer las nuevas medidas aprobadas por el gobierno para la concesión de la nacionalidad española a todos aquellos judíos sefardíes que la soliciten, mediante un proceso que si bien ya existía, se ha hecho mucho más ágil y flexible para los interesados, en reparación de lo que el citado ministro ha dado en calificar como: «lo que sin duda ha sido uno de los errores históricos más importantes» de este país, refiriéndose al decreto de expulsión de los judíos en 1492.
La vía de obtención de la nacionalidad española es por la denominada legalmente como "carta de naturaleza":
“La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales”
La pertenencia al colectivo beneficiario podrá ser acreditada por la Federación de las Comunidades Judías de España, atendiendo a una serie de medios probatorios valorados en su conjunto: apellidos, genealogía, lengua materna, especiales vinculaciones culturales, etc, y será certificada por el encargado del Registro Civil del domicilio del solicitante, si reside en España o en el consulado correspondiente si reside en el extranjero.
La mejora en el proceso de adquisición de nacionalidad española reside en dos puntos principales. En primer lugar, no es necesario residir en España por el plazo de dos años como se requería anteriormente, y además, los solicitantes no tendrán que renunciar a su nacionalidad previa si así lo desean, equiparando su situación a la de latinoamericanos, portugueses y filipinos.
Los interesados deberán tramitar su solicitud en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la ley que podrá ser prorrogado un año más. El ministerio de Justicia establecerá un modelo normalizado de solicitud, para su tramitación que deberá presentarse en los consulados o Registros.
El volumen de solicitudes de sefardíes para la obtención de la carta de naturaleza en fase de tramitación estaba estimado entorno a 2.900 el pasado año, y se espera que aumente considerablemente a partir de esta medida.
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