Los visigodos llegan a la península ibérica durante el siglo V, pero hasta la centuria siguiente no afianzan su dominio. Con la llegada de los nuevos señores, la Iglesia Católica pierde fuerza, ya que los godos profesaban la fe arriana, considerada una herejía. No parece que los judíos tuvieran grandes problemas con el poder en este periodo, por lo que su situación mejoró considerablemente con respecto al periodo anterior .
Son considerados iguales a la población cristiana a todos los efectos. En el Breviario de Alarico ó Lex Romana Visigotorum (506) se incluyen restricciones (sobre el papel) al pueblo judío heredadas de la legislación anterior, como la prohibición de tener esclavos cristianos, la construcción de nuevas sinagogas o ejercer proselitismo, pero a cambio, se les permite mantener sus propios tribunales para asuntos entre judíos.
Son considerados iguales a la población cristiana a todos los efectos. En el Breviario de Alarico ó Lex Romana Visigotorum (506) se incluyen restricciones (sobre el papel) al pueblo judío heredadas de la legislación anterior, como la prohibición de tener esclavos cristianos, la construcción de nuevas sinagogas o ejercer proselitismo, pero a cambio, se les permite mantener sus propios tribunales para asuntos entre judíos.
De esta época data uno de los vestigios hebraicos más antiguos de la península, una lápida funeraria trilingüe conservada en el museo catedralicio de Tortosa, en la que junto a dos estrellas de cinco puntas y un candelabro, reza en hebreo griego y latín la siguiente inscripción: "Meliosa, hija de Judá y de María, de dolorosa memoria".
La conversión de Recaredo |
Sisebuto asciende al trono en 612 y libera a los cristianos
de toda dependencia de los judíos castigando además el proselitismo con la muerte. Finalmente, decreta la conversión forzosa de la comunidad judía al catolicismo o la expulsión. La cifra de los expulsados podría ser de varios miles, y la de los conversos, según algunas fuentes, alcanzaría los 90.000. Los obispos rechazan las conversiones por la fuerza (San Isidoro de Sevilla es el ejemplo más notorio), pero ante la política de hechos consumados, terminan obligando a los conversos a ser fieles a su nueva fe. Aparece pues un nuevo problema: el de los judaizantes.
Egica endurece aún más las leyes antijudías durante su reinado (687-702). En el XVII Concilio de Toledo, el rey acusa a los judíos españoles de conspirar con los del otro lado del estrecho para destruir el reino visigodo, cosa que no sería del todo descabellada dada la extrema presión a la que se estaban viendo sometidos. Más adelante, durante la Reconquista, este argumento sería retomado con fatales consecuencias. Se decreta la disolución de las aljamas y la esclavitud de los judíos, así como el deber de entregar a sus hijos al cumplir los 7 años para recibir educación cristiana.
No parece que nada de esto se cumpliera con efectividad, ya que a la llegada de los invasores musulmanes, los judíos seguían viviendo en sus comunidades. Pero esa es otra historia...
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